FELIZ CUMPLEAÑOS COMPAÑEROS!!  QUE  TENGAN UN  DIA  ESPECIAL  #motivateddtech


 

 





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#YOSOYDDTECH

¿Te has preguntado alguna vez, qué es eso del derecho laboral?

 

Decirte de entrada, que no soy abogado, ni licenciado en derecho, dos realidades éstas, que pareciesen ser la misma pero que no lo son. Aunque, éste no es el asunto que hoy nos compete, el Abogado es el personaje competente, que litiga en un juicio en representación de un tercero y el Licenciado en Derecho es el que postula y promueve el cambio y cumplimiento de leyes, dentro del Poder Legislativo de la Nación. El que subscribe, el presente artículo ha tenido la oportunidad de conocer la Ley, estudiarla a través de materias como Filosofía del Derecho, Ética, Hermenéutica, Axiología y vivirla.

 

            En ocasiones, siendo pubertos o jóvenes reclamamos a nuestros progenitores por ciertas decisiones que estos toman, y nuestro reclamo pone como escudo la siguiente expresión: ¡Es mi derecho! (¡Yo sabré lo que hago!)

           

Hablemos el día de hoy de nuestro derecho laboral y en qué se sustenta éste.

 

            El derecho laboral es un cúmulo de reglas, normas, que se encargan de regular las obligaciones entre trabajadores o colabores y patrón, es decir, las partes que intervienen en una relación de trabajo.

 

            El derecho laboral está caracterizado por ser un derecho bilateral que reglamenta la relación de patrono y trabajador, así como es un derecho que otorga beneficios a los trabajadores; una de las características es que es un derecho progresivo ya que evoluciona en conjunto con las necesidades sociales.

 

            En el RIT, en el Capítulo III, titulado: “Días de descanso, vacaciones y aguinaldo”,  podemos constatar esto del derecho progresivo con respecto al asunto de las vacaciones: Artículo 18° y 20°, pues el colaborador tras un año de trabajo percibe el derecho a 6 días de vacaciones e iniciado el segundo año, al final del mismo podrá descansar no 6 días sino 8, hasta un límite de 12 días, conforme su antigüedad en la relación laboral.

  

            El contrato de trabajo es un documento en donde consta las obligaciones y deberes de los empleados y empleador por el tiempo de duración de la prestación de servicio subordinado por parte del trabajador, en dicho contrato se rige la jornada laboral, las vacaciones, remuneración, pago, las condiciones laborales, entre otros.

 

Principios del derecho laboral

 

Los principios del derecho laboral son aquellas pautas que originan el sentido de las normas laborales y regulan las relaciones de trabajo. Los principales principios del derecho laboral son los que buscan que las relaciones de trabajo sean estables.

 

            Claro está, que todo derecho laboral debe estar acompañado de las responsabilidades asumidas por ambas partes, en pro del cumplimiento con el trabajo, motivo estas de la relación contractual.

 

            Por ello, la Gerencia de Recursos Humanos de DD Tech, encabezada por la LTS Isabel Bueno,  está siempre al pendiente del momento en que a cada colaborador le corresponde tomar sus vacaciones, ya que el descanso para cada colaborador es necesario y va en pro de una mayor calidad de vida, personal, familiar y profesional.

 

            Así mismo, como habrán podido constatar DD Tech, está comprometido con el pago de la Prima Vacacional, (25 % sobre los salarios que le correspondan); el aguinaldo,  (15 días de salario); la parte proporcional correspondiente al Reparto de Utilidades

 

            En conclusión, los trabajadores o colaboradores no pueden renunciar a los derechos que están establecidos en la legislación laboral, ya que todo lo establecido en ella es importante para el bienestar y la paz social, es por ello que el derecho laboral está conformado por el principio de irrenunciabilidad de los derechos. 

 

Les invito a leer el capítulo III del RIT, titulado: “Días de descanso, vacaciones y aguinaldo”.

 

@Manuel

 



 #HUMORGODINEZ

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#yosoyddtech

LA PUNTUALIDAD REGLA DE ORO

En el capítulo II, del RIT, titulado “JORNADA DE TRABAJO Y SALARIOS”, desde el Artículo 5° al 15° se nos habla de los horarios de labores, la tolerancia, la adaptabilidad a las necesidades de la empresa, el día en que percibirá el colaborador percibirá su salario, los tiempos extra, vacaciones y el diálogo que debe de existir entre las partes, patrón y colaborador. En esos 11 artículos, del Capítulo II, hemos de destacar la Puntualidad como Regla de oro.

 
SI ESTÁS 5 MINUTOS ANTES ESTÁS A TIEMPO

SI ESTÁS A TIEMPO, YA ESTÁS TARDE

SI ESTÁS TARDE, YA NO ESTÁS



LA PUNTUALIDAD SIGNIFICA:

             ORDEN

             DISCIPLINA

             RESPETO

             RESPONSABILIDAD

             ACTITUD POSITIVA

 

LA PUNTUALIDAD ES EL ALMA DE LA CORTESÍA

La puntualidad:

un factor básico de nuestro trabajo


El valor de la puntualidad es la disciplina de estar a tiempo para cumplir nuestras obligaciones: una cita del trabajo, una reunión de amigos, un compromiso de la oficina, un trabajo pendiente por entregar.

 

El valor de la puntualidad es necesario para dotar a nuestra personalidad de carácter, orden y eficacia, pues al vivir este valor en plenitud estamos en condiciones de realizar más actividades, desempeñar mejor nuestro trabajo, ser merecedores de confianza.

Manuel Rodríguez 


  #MOTIVATE Hola compañeros, el día  de hoy queremos  realizar  esta  publicación que  trata  del IMSS y como puedes darte  de Alta  en tu C...